Movilidad Internacional
Teletrabaja desde España con tu visado aprobado a la primera
Desde 2026 la UGE revisa los expedientes de nómada digital con más lupa que nunca. Preparamos tu solicitud completa y coherente, con calendario por escrito, para que tu mudanza no dependa de un requerimiento.
Resolución legal en 20 días hábiles vía UGE · Atención en español e inglés · Sedes en Alicante, Valencia, Madrid y Barcelona
01 / QUÉ ES Y PARA QUIÉN
Residir en España trabajando en remoto
El visado de nómada digital permite residir en España trabajando en remoto para empresas o clientes de fuera del país. En 2026 exige ingresos mínimos de 2.849 € al mes, cualificación o experiencia acreditada y relación laboral o mercantil previa. Solicitado desde España, concede un permiso inicial de hasta 3 años.
Es la vía idónea si eres empleado en remoto de una empresa extranjera o freelancer con cartera internacional y quieres instalarte en España con tu familia, con cobertura legal completa desde el primer día. No sirve si tu ingreso principal procede de clientes españoles: la facturación a empresas de España no puede superar el 20 % del total.
02 / REQUISITOS 2026
Lo que te van a pedir, en claro
Ingresos mínimos de 2.849 €/mes (200 % del SMI 2026).
Acreditados con contrato, facturas o extractos bancarios. Cuantías adicionales si incluyes a familiares en la solicitud.
Trabajo en remoto para empresas o clientes de fuera de España.
Máximo un 20 % de la facturación puede proceder de clientes españoles.
Antigüedad de la relación profesional.
Al menos 3 meses con tu empleador o clientes antes de solicitar, y empresa con actividad real mínima de 1 año.
Cualificación.
Titulación universitaria, formación profesional superior o, en su defecto, experiencia profesional mínima de 3 años en tu campo.
Cotización a la Seguridad Social.
Certificado de cobertura de tu país (si hay convenio) o alta como autónomo en España. Es el punto que más expedientes tumba; lo resolvemos antes de presentar.
Sin antecedentes penales en los últimos 5 años.
Y seguro de enfermedad o equivalente.
Endurecimiento 2026: la UGE aplica criterios documentales más estrictos y concede menos margen de interpretación. La coherencia entre contrato, ingresos y cotización se revisa documento a documento.
¿Dudas con algún requisito? No descartes tu caso tú solo. Te confirmamos por escrito si cumples los requisitos y qué ruta conviene.
Consulta tu caso por WhatsApp03 / CÓMO TRABAJAMOS
Tu expediente, vigilado de principio a fin
-
Estudio de viabilidad.
Analizamos tu situación —empleador, ingresos, nacionalidad, fechas— y te confirmamos por escrito si cumples los requisitos y qué ruta conviene: solicitud desde España (permiso de 3 años) o desde el consulado (visado de 1 año).
Viabilidad por escrito -
Preparación del expediente.
Checklist personalizada, revisión de cada documento, apostillas y traducciones juradas coordinadas. No presentamos hasta que el expediente está completo: un papel que falta son meses perdidos.
Expediente completo -
Presentación telemática y seguimiento.
Presentamos ante la UGE, vigilamos el expediente y respondemos cualquier requerimiento en plazo. Te informamos de cada movimiento sin que tengas que preguntar.
Presentado · Vigilado -
Aterrizaje.
Concedida la autorización, te acompañamos con el NIE, la cita de huellas y la TIE, y dejamos planificada la renovación y la inclusión de familiares si queda pendiente.
Resuelto
04 / HONORARIOS
Primero la viabilidad, después el precio
[PENDIENTE CLIENTE — decisión hueco 9]
Precio cerrado por escrito antes de iniciar el expediente, con desglose de honorarios, tasas oficiales y servicios incluidos (titular + familiares, requerimientos y seguimiento incluidos). Sabes lo que cuesta antes de empezar. Si el presupuesto cambia, es porque tu encargo cambia, y siempre por escrito.
05 / PREGUNTAS FRECUENTES
Visado de nómada digital, sin letra pequeña
2.849 € al mes, el equivalente al 200 % del salario mínimo interprofesional de 2026. Si incluyes familiares, la cuantía aumenta por cada miembro. Los ingresos se acreditan con contrato de trabajo, facturas recurrentes o extractos bancarios de los últimos meses.
Solo de forma limitada: la facturación a empresas españolas no puede superar el 20 % de tu actividad total. El núcleo de tu trabajo debe ser para empresas o clientes de fuera de España. Si tu cartera es mayoritariamente española, estudiamos contigo vías alternativas, como el permiso de trabajo por cuenta propia.
El plazo legal ante la Unidad de Grandes Empresas es de 20 días hábiles desde la presentación, con silencio administrativo positivo. El calendario completo depende de la preparación previa: apostillas, traducciones y el certificado de Seguridad Social suelen marcar el ritmo. Te damos fechas realistas por escrito desde el estudio de viabilidad.
Desde España suele convenir más: obtienes directamente un permiso de residencia de hasta 3 años, frente al visado consular de 1 año. Puedes solicitarlo si estás en España en situación regular, por ejemplo como turista dentro de tus 90 días. Valoramos tu caso concreto antes de decidir.
Sí. Cónyuge o pareja de hecho e hijos pueden tramitarse en el mismo expediente o reagruparse después. Cada familiar exige acreditar medios económicos adicionales sobre los 2.849 €/mes del titular. Preparamos la documentación familiar (certificados de matrimonio y nacimiento, apostillas, traducciones) junto con la tuya.
Los titulares de este permiso pueden optar, si cumplen los requisitos, al régimen fiscal de impatriados («ley Beckham»), que tributa los rendimientos del trabajo a un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 €. La opción tiene plazos estrictos desde el alta. Coordinamos este análisis para que la decisión fiscal acompañe a la migratoria.
Cabe recurso, y muchas denegaciones se deben a defectos subsanables de documentación, no de fondo. Nuestro método busca precisamente evitar llegar ahí: no presentamos expedientes incompletos. Si llegas a nosotros con una denegación de otro intento, auditamos el expediente y te decimos con franqueza si conviene recurrir o volver a presentar.
06 / ¿NO ES TU CASO?