Regularización y Arraigos
Arraigo sociolaboral: una oferta de trabajo puede ser tu camino a los papeles
Si llevas 2 años en España y hay alguien dispuesto a contratarte, esta es tu vía. Y sí: la ley permite firmar ese contrato aunque hoy no tengas papeles, porque está pensada exactamente para eso. Te explicamos cómo funciona y revisamos tu caso gratis.
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01 / QUÉ ES
El nuevo nombre del antiguo «arraigo laboral»
El arraigo sociolaboral es el permiso de residencia y trabajo para personas que llevan al menos 2 años en España y tienen uno o varios contratos de trabajo presentados con la solicitud. Es el nuevo nombre del antiguo "arraigo laboral", reformado en 2025. El contrato empieza a funcionar cuando te aprueban el permiso.
¿Lo conocías como «arraigo laboral»? Cambió con el nuevo Reglamento (en vigor desde el 20 de mayo de 2025)
- Ahora se llama arraigo sociolaboral. Si buscabas "arraigo laboral", estás en el sitio correcto: es la misma vía, renovada.
- Piden 2 años de permanencia en España, no 3.
- Antes, el arraigo laboral exigía demostrar que ya habías trabajado sin papeles (algo casi imposible de probar sin denunciar a tu empleador). Ahora el centro es distinto: un contrato de futuro, que firmas para empezar a trabajar cuando llegue el permiso.
- Cuidado con artículos viejos de internet: muchos explican todavía los requisitos antiguos.
02 / LA PREGUNTA QUE TODO EL MUNDO SE HACE
«¿Cómo me van a hacer un contrato si estoy sin papeles? ¿No es ilegal?»
Es la duda más repetida, y es lógica. La respuesta: el contrato que se presenta con el arraigo sociolaboral no empieza ese día. Se firma condicionado a que te concedan el permiso. El empleador no está contratando a alguien sin papeles; está comprometiéndose a contratarte cuando los tengas. Eso es perfectamente legal: el propio reglamento lo establece así.
Si tu empleador tiene dudas o miedo, es normal: hablamos nosotros con él y se lo explicamos. Es una conversación de 10 minutos que desbloquea casi todos los casos.
03 / REQUISITOS 2026
Lo que te van a pedir, en claro
2 años de permanencia continuada en España.
Se demuestra sobre todo con el padrón (el registro de tu ayuntamiento; puedes empadronarte sin papeles) y otros documentos con fecha.
Uno o varios contratos de trabajo.
Pueden sumarse varios contratos parciales. En conjunto deben alcanzar una jornada de al menos 20 horas semanales y un salario al menos proporcional al salario mínimo (SMI).
Que el empleador pueda contratar:
Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y tener actividad real. Lo comprobamos antes de presentar para evitar denegaciones por este motivo.
Sin antecedentes penales
En España ni en tus países de residencia recientes.
¿Tienes la oferta pero no llegas a los 2 años? ¿Tienes los 2 años pero no encuentras quien te contrate? Escríbenos igual: hay alternativas (arraigo social con medios propios o familiares, arraigo socioformativo) y te orientamos sin coste.
Pregúntanos si cumples — consulta gratis por WhatsApp04 / CÓMO TRABAJAMOS
Tu expediente, vigilado de principio a fin
-
Estudio gratuito de viabilidad por WhatsApp.
Nos cuentas tu tiempo en España, tu padrón y tu oferta de trabajo. Revisamos también la situación del empleador, porque un contrato de una empresa con deudas en Seguridad Social tumba el expediente. Te respondemos con un sí, un no honesto o un «te falta esto».
Caso estudiado · Gratis -
Presupuesto cerrado por escrito.
Precio total antes de empezar, por escrito. Sin sorpresas. Cada pago con su recibo o factura.
Presupuesto entregado -
Preparamos el expediente y acompañamos a tu empleador.
Redactamos o revisamos el contrato para que cumpla los requisitos (horas, salario, condiciones), explicamos al empleador qué tiene que firmar y por qué es legal, y reunimos tu prueba de permanencia y antecedentes.
Expediente completo -
Presentamos y seguimos el expediente hasta el final.
Vigilamos el estado y las notificaciones, contestamos los requerimientos a tiempo y te avisamos de cada paso. Cuando llegue la aprobación, te acompañamos también con las huellas y la tarjeta (TIE).
Resuelto
05 / HONORARIOS
Primero la viabilidad, después el precio
[PENDIENTE CLIENTE: tarifa del servicio]
Siempre con presupuesto cerrado por escrito antes de empezar y recibo de cada pago. La consulta de viabilidad es gratuita: si tu caso no tiene base todavía, te lo decimos sin cobrarte y te explicamos el camino para tenerla.
06 / PREGUNTAS FRECUENTES
Arraigo sociolaboral, sin letra pequeña
Como nombre, no: desde el 20 de mayo de 2025 se llama arraigo sociolaboral. La vía sigue existiendo, con requisitos renovados: 2 años en España (antes 3) y contrato de trabajo de futuro, sin necesidad de demostrar que trabajaste sin papeles.
Sí, en este contexto. El contrato del arraigo sociolaboral queda condicionado a la concesión del permiso: empiezas a trabajar cuando te lo aprueban. El reglamento lo prevé expresamente. Si tu empleador quiere, se lo explicamos nosotros directamente.
La jornada debe ser de al menos 20 horas semanales, y puede alcanzarse sumando varios contratos (por ejemplo, dos empleos de media jornada parcial). El salario debe ser al menos el proporcional al salario mínimo. Revisamos tu oferta para confirmar que cumple.
Sí. El reglamento permite sumar varios contratos para llegar a la jornada y al salario exigidos. Es habitual en empleo doméstico, hostelería y cuidados.
Es un riesgo real y conviene contarlo desde el principio. Según el momento, puede sustituirse la oferta por otra o reconducir el caso a otra vía (por ejemplo, arraigo social si tienes medios o familia). Lo importante es no dejar morir el expediente en silencio.
El plazo legal ronda los 3 meses, pero varía mucho según la provincia. Nuestra parte: expediente completo a la primera para evitar requerimientos que añaden meses, y vigilancia constante del estado para que ninguna notificación se pierda.
No necesariamente. El padrón es la prueba más fuerte, pero la permanencia puede completarse con otros documentos con fecha: asistencia médica, envíos de dinero, transporte, cursos. Tráenos lo que tengas y montamos tu línea de tiempo antes de decidir.
No. Ningún abogado honesto puede garantizar una resolución: decide Extranjería. Quien te "garantice papeles" te está engañando, y de ahí vienen muchas estafas. Lo que sí hacemos: análisis honesto gratis, expediente sólido y seguimiento hasta el final.
07 / ¿NO ES TU CASO?
Quizá te corresponde otra vía
Desde el cambio de nombres de 2025 es fácil confundir los arraigos. Mira estos: