Visados y Régimen Comunitario

Visados y régimen comunitario: tu entrada legal a España, bien hecha desde el primer papel

Estudiar, reunirte con tu familia europea o vivir en España con tus propios medios. Tres caminos distintos, un mismo método: abogados especializados en extranjería que preparan tu expediente para presentarlo una sola vez y bien.

Respuesta de un abogado, no de un contestador. Atención en español e inglés.

01 / LA LÍNEA

Un expediente que se presenta una sola vez, y bien

Cada año, miles de expedientes de visados se quedan atascados o se deniegan por errores que se podían evitar: un seguro que no cumple, una traducción sin jurar, un justificante de medios mal calculado. En IBERO LEGAL SOLUTIONS preparamos tu solicitud con los requisitos vigentes en 2026 —que han cambiado, y mucho— y la defendemos hasta la resolución. Desde nuestras oficinas en Alicante, Valencia, Madrid y Barcelona, o íntegramente online desde tu país de origen.

Una persona con equipaje a su llegada a un aeropuerto

03 / PARA QUIÉN

Para quién es esta línea

Estudiantes internacionales

Admitidos (o en proceso de admisión) en universidades, escuelas de negocio o formación reglada en España.

Familiares de ciudadanos de la UE

Cónyuges, parejas de hecho registradas, hijos y padres a cargo que quieren residir y trabajar legalmente.

Jubilados, rentistas e inversores

Que quieren vivir en España sin ejercer actividad laboral —el perfil que antes miraba la Golden Visa y hoy encuentra en la no lucrativa su mejor vía.

¿Tu caso no encaja aquí? Quizá te corresponde otra vía: movilidad internacional (nómadas digitales, Tarjeta Azul UE) o regularización y arraigos si ya estás en España.

04 / PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

Depende del trámite. La tarjeta comunitaria se solicita siempre en España; el visado de estudios puede solicitarse desde España en ciertos supuestos de estancia legal; la residencia no lucrativa se solicita en el consulado español de tu país de residencia. En la primera consulta te decimos exactamente cuál es tu vía y desde dónde.

La tarjeta comunitaria pertenece al régimen comunitario (derecho de la UE) y es más favorable: dura 5 años, permite trabajar desde el primer día y sus requisitos económicos son los del ciudadano europeo, no los tuyos. Los visados de estudios y la no lucrativa pertenecen al régimen general de extranjería, con requisitos propios y renovaciones periódicas.

Los plazos legales orientativos son: visado de estudios, alrededor de 1 mes desde la presentación en consulado; tarjeta comunitaria, 3 meses; visado de residencia no lucrativa, hasta 3 meses según consulado. Los tiempos reales varían por oficina y época del año; por eso presentamos expedientes completos que no generen requerimientos, la causa nº 1 de los retrasos.

Sí. Atendemos en español e inglés, por WhatsApp, videollamada o presencialmente en nuestras oficinas de Alicante, Valencia, Madrid y Barcelona. También disponemos de versiones en inglés de estas páginas para tus familiares.

Trabajamos con presupuesto cerrado por escrito antes de empezar: sabes lo que pagas y por qué conceptos. Las tarifas orientativas de cada servicio están en su página correspondiente. [PENDIENTE CLIENTE: tabla de honorarios de la línea]

Una denegación no es el final: analizamos la resolución, identificamos el motivo real y valoramos recurso o nueva solicitud corregida. Muchos de nuestros expedientes son precisamente «rescates» de solicitudes presentadas sin asesoramiento.

Cuéntanos tu caso hoy. Te decimos qué vía te corresponde y qué necesitas, sin compromiso.

Escríbenos por WhatsApp con tu situación —nacionalidad, dónde estás ahora y qué quieres conseguir— y un abogado de extranjería te responderá con los pasos concretos para tu caso.

O llámanos al +34 632 80 16 49. Oficinas en Alicante, Valencia, Madrid y Barcelona.

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